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Calendario 2008

ESTUDIOS AMBIENTALES REQUISITOS DEL MinAmb:

PlaniGestión C.A. formula los siguientes estudios, auditorías y registros exigidos por el Ministerio del Ambiente:

 

 

 


Estudios de Impacto Ambiental  (EIA)

PlaniGestión C.A. formula el EIA, de acuerdo al Decreto N° 1.257, relativo a las “Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente” (1), el cual contempla lo siguiente:

  • Descripción del proyecto en las fases de construcción y operación. Contempla reseñar las características generales del proyecto y de cada una de las etapas previstas. Permite identificar los elementos ambientales potencialmente afectados por la implementación del proyecto.

  • Caracterización ambiental -físico-natural, biológica y socio-económica-: Presenta la descripción del ámbito espacial donde se pretende insertar el proyecto y su área de influencia. Se constituye en la información que evidencia las condiciones ambientales existentes antes de iniciar el proyecto.

  • Identificación de efectos y evaluación de impactos: Resulta de la superposición del proyecto en el ámbito espacial donde se propone su ubicación y su área de influencia. Contempla la descripción de las obras y actividades del proyecto y de los cambios que cada una de ellas son capaces de producir en el ambiente. También se identifican los potenciales efectos y riesgos naturales que pudieran limitar la construcción y/u operación del proyecto.

  • Proposición de medidas: Los impactos identificados serán objeto, en lo posible, de medidas de prevención, mitigación, corrección, control y/o compensación. Las medidas tienen la intención de reducir los impactos a niveles aceptables, de acuerdo a la normativa técnica, legal, planes y programas de desarrollo.

  • Plan de supervisión ambiental: Contempla la propuesta de las actividades que permitan dar seguimiento a la ejecución de las actividades previstas en cada una de las fases del proyecto, así como la implantación del programa de seguimiento. Permite constatar la ejecución del proyecto de acuerdo a lo previsto, así como verificar el cumplimiento y eficiencia de las medidas propuestas.

Posteriormente, en el momento en el que se inicie la ejecución de las nuevas obras y actividades, se deberá implementar el Plan de Supervisión Ambiental, diseñado en el EIA. Esta actividad permitirá constatar la ejecución del proyecto de acuerdo a lo previsto, así como verificar el cumplimiento de las medidas propuestas, durante la fase de construcción del proyecto y de las edificaciones propuestas.

(1) Publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 35.946 de fecha 25/04/96.

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Auditorías Ambientales

De acuerdo a la Ley Orgánica del Ambiente (1), las Auditorías Ambientales son mecanismos de control posterior, que comprenden la realización de evaluaciones sistemáticas, documentadas, periódicas y objetivas del establecimiento sujeto a regulación. La finalidad de las mismas es verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la normativa ambiental venezolana y de las condiciones impuestas en los instrumentos de control previo, en caso de existir.

El objetivo último es solicitar ante las Direcciones Estadales Ambientales del Ministerio del Ambiente (MinAmb) la Constancia de Cumplimiento o de desempeño ambiental del establecimiento.

PlaniGestión C.A ofrece sus servicios en la formulación de Auditorias Ambientales, las cuales concluyen con el diseño de un Plan de Adecuación Ambiental y sus correspondientes actividades de seguimiento.

Las auditorías ambientales evalúan los aspectos ambientales que deben ser atendidos dentro del establecimiento. A cada uno de los aspectos ambientales reseñados se les identifica la legislación ambiental que le aplica, así como también se determina el nivel de cumplimiento ambiental y las fortalezas y las oportunidades de mejora existentes en el establecimiento. Por último se formula el plan de adecuación donde se incluyen las medidas requeridas para el logro de un adecuado desempeño ambiental.

PlaniGestión C.A realiza las Auditorías Ambientales de acuerdo a los lineamientos establecidos en las Normas COVENIN.

(1) Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.833 Extraordinario del 22 de Diciembre de 2006.

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Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente - RASDA

La “Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos” (1) en sus artículos 65 y 66 y el Decreto 2.635 referente a las “Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos” (2), establecen que todo interesado que desee solicitar la inscripción y autorización como manejador de sustancias, materiales y/o desechos peligrosos en algunas de estas actividades: almacenamiento, envasado, transporte, tratamiento, eliminación y disposición final, deberá cumplir con los requisitos para el Registro y la Autorización de Manejadores de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos establecidos en la Resolución N° 40 (3).

PlaniGestión C.A. prepara la documentación, introduce y hace seguimiento del RASDA en el Ministerio del Ambiente. Las actividades contempladas son las siguientes:

  • Visita a las instalaciones y revisión y análisis de información: Esta actividad tiene como finalidad conocer y analizar las actividades de almacenamiento de las sustancias peligrosas, así como los potenciales efectos que tienen dichas actividades sobre el ambiente.

  • Llenado de planilla del RASDA y compilación de recaudos

  • Llenado de planilla para Solicitud de Autorización de Manejadores de Sustentas, Materiales y Desechos Peligrosos y compilación de recaudos

  • Introducción y seguimiento de los recaudos en el Ministerio del Ambiente.

(1) Publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.554 Extraordinaria del 13/11/01.

(2) Publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.245 Extraordinario del 03/08/98.

(3) Publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 37.700 del 29/05/03.


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Última modificación: 07 de April de 2008